Promete IFT inmunidad y multas mínimas a quien coopere con investigación de prácticas monopólicas

Promete IFT inmunidad y multas mínimas a quien coopere con investigación de prácticas monopólicas
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Bajo un esquema similar al de Testigo Protegido, el Instituto Federal de Telecomunicaciones ha publicado una guía con el que pretende que cualquier persona física o moral pueda denunciar la comisión de prácticas monopólicas en el sector de telecomunicaciones y pueda ser protegido por la ley.

Estos significaría que el IFT daría incentivos para que las empresas denuncien a otras que estén realizando prácticas monopólicas en el sector de telecomunicaciones en México; pero también que reducirá las multas drásticamente en caso de que las empresas cooperen con la investigación.

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Si la empresa coopera con la investigación podría reducir su multa hasta solo un salario mínimo

A través de la Guía del programa de inmunidad y reducción de sanciones para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, que ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación, se pretende incentivar la detección y eliminación de prácticas monopólicas en el sector.

Actualmente si un Agente Económico es identificado manipulando precios o restringiendo la oferta de algún servicio y es detectado en esta practica, la ley plantea que debe ser multado con un 10% de sus ingresos declarados en el último año fiscal; o hasta 200,000 veces el salario mínimo vigente en la Ciudad de México e incluso cárcel en caso de reincidir.

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Sin embargo, con está iniciativa del la multa podría verse reducida hasta solo significar el monto mínimo, es decir, un salario mínimo vigente en el país y en casos posteriores obtener una reducción de multas hasta del 50%.

El proceso de investigación, podrá iniciarlo cualquier empresa o persona física (Incluso el que comete el agravio); por un lado si el acusante fuera un tercero recibiría protección por parte del IFT; y si por el otro la empresa acusada copera puede ser apoyada para no pagar multas millonarias.

Así el IFT una vez que recibe la información del denunciante cuenta con un plazo de 40 días hábiles, que pueden ser prorrogables hasta por cuatro ocasiones, para determinar si la información y documentos que recibieron permiten iniciar el procedimiento de Investigación o presumir la comisión de una o varias conductas contempladas como Prácticas Monopólicas Absolutas.

Más información | Dof

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